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08 June 2010

La sanidad pública española cubre algunas intervenciones estéticas


En España la sanidad pública sí contempla cubrir intervenciones estéticas en los siguientes casos:

--Abdomen. Cuando sea para aliviar problemas médicos como dolores de espalda, úlceras, hernias o irritaciones cutáneas o para permitir andar de un modo nomal

--Cara. Para corregir asimetrías de la cara producidas por una parálisis facial. Para tratar lesiones que afecten a los labios, las mejillas o los músculos de la cara y para tratar deformidades traumáticas y de la cabeza o el cuello

--Mamas. En los casos en que para corregir asimetrías congénitas o mamas muy voluminosas que produzcan problemas médicos. También está cubierta la reconstrucción de la mama tras un cáncer en las mujeres y la corrección del crecimiento excesivo de las mamas( ginecomastia) en los hombres

--Manos. Toda la cirugía de mano está cubierta por la sanidad pública

--Nariz. Para corregir las deformidades de nacimiento o traumáticas y para tratar problemas de tipo respiratorio

--Orejas. Cuando se hace para corregir anomalías congénitas o para reconstruir orejas lesionadas por un traumatismo o enfermedad

--Párpados. Cuando se realiza para corregir una caida excesiva de los párpados superiores que cause problemas de visión o para corregir malposiciones de los párapados inferiores.

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