Las oficinas de farmacia podrán
solicitar, hasta el 30 de abril, acogerse a la Orden de la Consejería de
Igualdad, Salud y Políticas Sociales de apoyo para la viabilidad económica de
estos establecimientos.
Esta
normativa se ha establecido para aquellas oficinas de farmacia que cuenten con
menos de 200.000 euros de ventas netas anuales, se aplicarán en la facturación
mensual de las oficinas de farmacias que resulten ser valedoras de esta medida.
Concretamente,
podrán acogerse las farmacias que resulten exentas de la escala de deducciones
regulada en el apartado 5 del artículo 2 del Real Decreto 823/2008, de 16 de
mayo; las que no hayan sido objeto de sanción administrativa o inhabilitación
profesional por ninguna falta o infracción en materia sanitaria en el año
natural anterior; que la actuación del farmacéutico titular o cotitular
responda a los principios generales en la dispensación
de medicamentos y productos farmacéuticos, que cumplan con las obligaciones
establecidas en esta materia y que participen en los programas de atención
farmacéutica y en la realización del conjunto de actividades destinadas al uso
racional de los medicamentos; y que sus ventas anuales totales en términos de
precio de venta al público incrementado con el IVA no superen los 200.000 euros
en el ejercicio económico correspondiente al año natural anterior.
El plazo para solicitar
acogerse a esta Orden estará abierto en el ejercicio 2015 entre el 1 y el 30 de
abril. Si bien, a partir de 2016 el plazo para la presentación de documentación
y solicitudes será fijo, del 20 de enero al 20 de febrero de cada año.
Así queda recogido en la Orden de 30 de marzo de 2015
publicada hoy en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), número 63,
de 1 de abril, por la que se dictan instrucciones para la tramitación del
procedimiento establecido en el artículo 2.8 del Real decreto 823/2008, de 16
de mayo, por el que se establecen los márgenes, deducciones y descuentos
correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos de uso
humano.
Se estima
que en Andalucía hay unas 150 oficinas de farmacias aptas para acogerse a este
índice corrector, que tendrá que ser solicitado de forma individual por cada
titular o cotitulares en su caso.
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