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04 December 2009

semFYC interpone un recurso ante la decisión del Ministerio de declarar desierto el procedimiento para la ejecución de la ECOE

La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) ha interpuesto un recurso administrativo ante la decisión del Ministerio de Sanidad y Política Social de declarar desierta la convocatoria para la ejecución de la prueba ECOE (Evaluación Clínica Objetiva Estructurada). Ante esta situación, esta sociedad científica, que representa a cerca de 20.000 profesionales de Atención Primaria, exige al Ministerio que cumpla con su responsabilidad de finalizar el proceso de homologación para la obtención del título de Medicina de Familia. Una decisión que perjudica directamente a los 4.300 aspirantes que han solicitado optar a la prueba y que no podrán obtener la especialidad según lo establecido en el Real Decreto 1753/98 del 31 de julio para el acceso excepcional al título de Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.
Entre los años 2002 y el 2007 el Ministerio de Sanidad ha realizado anualmente la convocatoria para la prueba ECOE, lo que ha permitido la homologación de más de 5.000 médicos de familia. La convocatoria del año 2008 se hizo pública durante el segundo semestre del año 2009 y ha sido declarada desierta. La semFYC es la única entidad que se había presentado para la ejecución de esta prueba. Desde la Administración se ha alegado que la semFYC no cumple con uno de los requisitos establecidos en la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público y recogido en el artículo 54 de exigencia de clasificación. El presidente de semFYC, el doctor Luis Aguilera, asegura que este requisito, por su carácter, es de imposible cumplimiento para cualquier sociedad científica concursante y que además la ley permite obviarlo en una segunda convocatoria.
Como ya se puso de manifiesto por semFYC, la clasificación que se exigía en el anuncio de licitación obedecía a un error material que resultaba del propio contenido de las condiciones que se solicitaban; en la medida en que éstas se corresponden legalmente con servicios médicos y asistenciales que prestan empresas y entidades tales como "hospitales, clínicas, sanatorios, consultorios y balnearios". "Naturaleza que lógicamente no se corresponde ni con las finalidades de una sociedad científica, ni desde luego con el objeto del contrato a ofertar, y sin que por ello semFYC dejara de justificar los requisitos a los que obedece dicha clasificación como son los de acreditar las solvencias económica y financiera y técnica y profesional", aclara el doctor Aguilera.
"Con este recurso", concluye el presidente de semFYC, "damos la oportunidad al Ministerio de que rescate la convocatoria que ha declarado desierta, reconociendo mediante la rectificación del error material que contenía el anuncio de convocatoria, que el requisito incluido no se podía cumplir por parte de ninguna sociedad científica. En cualquier caso, independientemente de nuestro recurso, Sanidad puede volver a sacar una nueva convocatoria. Los perjudicados son los médicos de familia a los que no les dejan optar al título, por lo que se debería resolver cuanto antes".

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